Homologación RETIE para productos eléctricos en Colombia

Por: Francisco Serna

enero 31, 2024
Si haces parte de una empresa importadora de productos eléctricos en Colombia, o trabajas para un fabricante internacional de productos eléctricos y te interesa vender en Colombia, te invitamos a leer este artículo en el que te explicamos una de las alternativas más rápidas y económicas al proceso de certificación RETIE: el concepto de equivalencia u homologación.
¿Es posible comercializar un producto eléctrico en Colombia sin certificado RETIE?
Para los fabricantes y comercializadores de productos eléctricos en Colombia, es bien conocido que un requisito para comercializar es contar con el Certificado RETIE del producto. Sin embargo, en algunos casos las empresas internacionales no disponen del tiempo o recursos para un proceso de certificación tradicional. ¿Existe alguna alternativa vender sus productos sin certificado RETIE?
La respuesta es sí, existe un mecanismo que permite demostrar conformidad RETIE de un producto eléctrico sin necesidad de pasar por todo el proceso de certificación en Colombia. Esta alternativa se conoce como “Concepto de equivalencia de norma o reglamento técnico con RETIE”. Pero antes, veamos un poco de contexto para entender por qué es tan útil este mecanismo y en qué casos aplica.
¿Qué es un concepto de equivalencia u homologación RETIE?
El concepto de homologación está sustentado en el RETIE, Artículo 33.4.2: “Para efectos de la homologación de certificados expedidos en el exterior, se podrá emitir conceptos de equivalencia a aquellas normas o reglamentos técnicos de otros países que guarden semejanza con los requisitos obligatorios para cierto producto establecidos en el RETIE, en tal condición el concepto de equivalencia de reglamento técnico de otro país o norma técnica con el RETIE, es un acto de interpretación del reglamento, en consecuencia serán otorgadas únicamente por el Ministerio de Minas y Energía o por quien este delegue.”

¿Es posible negociar directamente mi servicio de energía eléctrica?

Sí, si consumes mucha energía eléctrica: si tu consumo está por encima de los 55.000kWh/mes (aproximadamente $25 millones) lo puedes hacer directamente con tu proveedor como con cualquier contrato.

Esto se debe a que en Colombia contamos con dos tipos de mercado en los que se vende y compra energía eléctrica:

El Mercado Regulado: a este mercado están sujetos todos los usuarios que tengan un consumo mensual inferior a los 55.000kWh/mes, sin importar si se trata de un usuario residencial, comercial o industrial.

“Si estás en la comodidad de tu casa, o tienes un pequeño establecimiento de comercio o una PYME que paga unos $5’000.000 mensuales en energía eléctrica, perteneces a este mercado regulado”

Este mercado se llama regulado precisamente porque la CREG (Comisión Reguladora de Energía y Gas) es quien establece los precios del kWh, y todos los distribuidores de energía eléctrica tienen que acogerse a esta tarifa.energía para negociar

El objetivo de esta regulación de precios es garantizar que la mayoría de los usuarios del país puedan acceder al servicio de energía eléctrica, de forma similar a cuando se presenta escasez de un bien de consumo primario (digamos, por ejemplo, la papa o el arroz) y el gobierno interviene el mercado fijando un precio máximo y apoyando a los productores con subsidios, para que los usuarios finales no experimenten alzas intolerables en los precios.

En conclusión, los clientes del mercado regulado no pueden negociar el precio de la energía eléctrica con su proveedor, porque este precio es fijado por la CREG.

El Mercado No Regulado: a este mercado pueden pertenecer -si así lo quieren- los usuarios que tienen consumos mensuales a partir de los 55.000kWh. Esto es una cantidad muy grande de energía, pues el costo estaría alrededor de los $25 millones mensuales.

Aunque puede parecer mucho, hay una gran cantidad de establecimientos e industrias que pueden exceder estos consumos, principalmente si cuentan con muchos equipos de calentamiento o refrigeración, como por ejemplo supermercados, hospitales, productores de lácteos o cárnicos, fabricantes de productos plásticos o metálicos (las máquinas de termoformado, extrusión o corte son grandes consumidoras de energía).

Si quieres consultar un listado completo de los usuarios no regulados en Colombia puedes dar clic aquí 

“Debido a estos altos niveles de consumo y capacidad de pago, y con el ánimo de fomentar la competitividad en el país, el gobierno no interviene en el mercado no regulado, no fija precios a través de la CREG y por tanto se pueden producir negociaciones directas entre el usuario y su proveedor”

En conclusión, si tu empresa tiene consumos de energía por encima de los 55.000kWh mensuales, podrías empezar a mirar si otro proveedor te puede ofrecer un mejor precio.

¿Qué ventajas tiene pertenecer al mercado No Regulado?

La ventaja más evidente es el ahorro: cuando tienes semejantes volúmenes de consumo de energía eléctrica, cada peso cuenta: una diferencia de tan solo $10 en la tarifa del kWh para una empresa que consuma 100.000 kWh/mes significa un ahorro -o sobrecosto- de $1’000.000 mensuales.

Esta reducción de costos en una materia prima tan importante como la energía eléctrica puede por supuesto influir en los precios que ofreces a tus clientes o simplemente mejorar tu margen.

¿Cómo puedo inscribirme en el Mercado No Regulado?

Dependiendo de tu ubicación y el operador de red que te esté prestando el servicio en estos momentos, los requisitos particulares pueden variar ligeramente, pero en general debes hacer lo siguiente:

Si cumples con los requisitos mínimos de consumo (55.000kWh/mes o demanda superior a 0,1MWh y haber permanecido en el mercado regulado por al menos tres años) puedes contratar la instalación de un medidor remoto para que tu consumo de energía pueda ser monitoreado a distancia por tu nuevo prestador de servicio.
Envías una carta al comercializador de interés (el que te presta el servicio actualmente o al que te deseas suscribir), explicando que quieres cambiarte de mercado y adjuntando algunos documentos legales, por ejemplo:

  • RUT
  • Certificado de Existencia
  • Representación Legal
  • Cédula del Representante Legal

Para más información sobre comercializadores de energía disponibles en Colombia, da clic aquí.

Recibes la oferta del nuevo comercializador y entras a negociar directamente el nuevo precio.
Cuando aceptes la oferta, el nuevo comercializador programará una visita a tu instalación para hacer la verificación de la frontera comercial o te pedirá que contrates este procedimiento con algún proveedor.

Si todo sale bien en la visita, inscriben la frontera comercial ante XM y puedes empezar a disfrutar de los beneficios del mercado no regulado.

¡Momento! ¿Verificación de Frontera comercial? ¿Qué es esto último?

“Frontera comercial” es un término técnico para nombrar el punto en el que se mide un intercambio comercial de energía eléctrica, es decir, el punto físico de la instalación en el que la energía deja de ser propiedad de tu prestador de servicio y pasa a ser tuya porque la compras: en conclusión, es el medidor de consumo de energía eléctrica de tu establecimiento.

Debido a las cantidades tan grandes de energía que se van a transar, todos queremos estar seguros de que estamos comprando y vendiendo las cantidades acordadas en el contrato que con tantas ansias negociamos. Por eso se requiere inspeccionar el sistema de medición, para garantizar que está en perfectas condiciones y que la información que entrega sobre tus consumos es confiable y precisa.

A este procedimiento de inspección se le conoce como verificación de frontera comercial, es una actividad regulada por la resolución CREG 038 de 2014 y sólo puede ser efectuada por muy pocas empresas autorizadas en Colombia.

En CIDET contamos con el aval del Comité Asesor de Comercialización – CAC para realizar los procedimientos de verificación de fronteras comerciales, contamos con más de cuatro años de experiencia y expertos verificadores con cobertura en todo el territorio nacional.

¿Tienes inquietudes sobre el mercado no regulado o sobre el procedimiento para inscribir tu frontera comercial? Nosotros te ayudamos.Debido a las cantidades tan grandes de energía que se van a transar, todos queremos estar seguros de que estamos comprando y vendiendo las cantidades acordadas en el contrato que con tantas ansias negociamos. Por eso se requiere inspeccionar el sistema de medición, para garantizar que está en perfectas condiciones y que la información que entrega sobre tus consumos es confiable y precisa.

A este procedimiento de inspección se le conoce como verificación de frontera comercial, es una actividad regulada por la resolución CREG 038 de 2014 y sólo puede ser efectuada por muy pocas empresas autorizadas en Colombia.

En CIDET contamos con el aval del Comité Asesor de Comercialización – CAC para realizar los procedimientos de verificación de fronteras comerciales, contamos con más de cuatro años de experiencia y expertos verificadores con cobertura en todo el territorio nacional.

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