RETIE 2024: Preguntas frecuentes
Por: Comunicaciones CIDET
La nueva versión del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE fue emitida mediante la Resolución 40117 del 2 de abril de 2024 (RETIE 2024), y está conformada por cuatro libros, que empiezan a regir a partir de su fecha de publicación.
El periodo de transición para implementar esta actualización será de 15 meses contados a partir de la publicación de la nueva resolución.
Hasta el 2 de julio de 2025 se podrán realizar procesos de otorgamiento, seguimiento y renovación de certificados de conformidad de producto bajo el RETIE 2013 (Resolución 90708 de 2013 y sus modificaciones).
Pasada esta fecha, los certificados otorgados bajo RETIE 2013 no serán válidos, en consecuencia, se deberá tener certificados otorgados bajo RETIE 2024.
Las instalaciones objeto de certificación cuya fecha de inicio de construcción, de acuerdo con la Declaración de Cumplimiento, sea anterior al 2 de abril de 2024 podrán certificarse demostrando cumplimiento a RETIE 2013 (Resolución 90708 de 2013).
Como lo indica la resolución, seis (6) meses después de acreditarse el segundo organismo de inspección bajo RETIE 2024, las instalaciones eléctricas deberán cumplir los requisitos establecidos en el nuevo reglamento.
Desde CIDET, estamos adelantando la gestión para la acreditación como organismo evaluador en RETIE 2024 tan pronto ONAC lo habilite. Les estaremos compartiendo información relacionada y acompañándolos en este proceso de actualización.
Los invitamos a consultar, revisar y analizar el RETIE 2024 para identificar los cambios asociados a sus procesos.
Consulta el reglamento RETIE actualizado aquí.
Preguntas frecuentes RETIE 2024:
1. ¿Hasta cuándo tendrá vigencia el certificado de producto bajo RETIE 2013?
De acuerdo con lo definido en el artículo 3 de la resolución 40117 de 02 de abril de 2024, los certificados emitidos bajo la resolución 90708 de 2013 tendrán validez hasta el 2 de julio de 2025 si su vencimiento sobrepasa esta fecha.
2. ¿CIDET ya tiene dentro de su alcance de certificación el RETIE 2024?
Desde CIDET, estamos adelantando la gestión para solicitar acreditación como organismo evaluador en RETIE 2024 tan pronto ONAC lo habilite. Compartiremos a ustedes permanentemente novedades con respecto al logro de esta acreditación.
3. ¿Cuál sería el proceso para hacer la actualización de los certificados a RETIE 2024?
Se realizará la evaluación según los nuevos requisitos aplicables a cada producto, buscando aprovechar al máximo toda la información de los procesos actuales que tengan validez frente a la nueva resolución y los estaremos acompañando en todo lo adicional que se deba realizar.
4. ¿Cuál es el correo para solicitudes e inquietudes al Ministerio?
El correo institucional dispuesto por el ministerio para las consultas o solicitudes es menergia@minenergia.gov.co
Además, en el siguiente enlace se pueden consultar los medios de contacto con los que cuenta el ministerio de minas y energía. https://www.minenergia.gov.co/es/servicio-al-ciudadano/
5. ¿Se tiene un tiempo estimado por parte de la ONAC para la acreditación?
ONAC se pronunció al respecto indicando que se encuentran estudiando con su equipo de trabajo los cambios al reglamento; para dar las indicaciones a los diferentes OEC de cómo será el proceso para las actualizaciones u otorgamientos de las acreditaciones con alcance RETIE 2024.
6. ¿Cuáles cambios del RETIE afectan la certificación de productos?
Los cambios relacionados con los requisitos de productos y los nuevos que se han incluido. Sumado a los cambios con la evaluación de la conformidad relacionados con el esquema de certificación, la selección de las muestras, el uso de los laboratorios, la validez de los reportes de ensayos y contenidos de los certificados principalmente.
7. Para la certificación de productos únicos o de diseño especial se usaba el esquema 1A, que es el adecuado para esos casos. Con la eliminación de ese esquema en el nuevo RETIE, ¿cómo se certificarían dichos productos?
Alternativa 1: si el producto corresponde a uno de los que fueron incluidos como nuevos en el reglamento, entonces se puede emitir Declaración de Conformidad del Fabricante hasta 6 meses después de que se acredite el segundo organismo certificador (RESUELVE – ARTÍCULO 3 y LIBRO 4 – ARTÍCULO 4.2.1 e)):
• Aerogeneradores
• Baterías o sistemas de acumulación
eléctrica
• Cuartos de subestación paquetizados o
prefabricados
• Inversores
• Productos para instalaciones especiales,
minas, túneles y cavernas
Alternativa 2: si el producto es alguno de los contemplados en el Artículo 4.2.1 e), puede ingresar mediante Declaración de Conformidad del fabricante (LIBRO 4 – ARTÍCULO 4.2.1 e)).
Alternativa 3: productos cubiertos por el numeral 2.3.27, pueden solicitar reconocimiento de certificados internacionales bajo norma técnica. Por el momento, se envía solicitud a la Dirección de Energía Eléctrica especificando la norma y el producto para el cual requieren demostrar conformidad mediante reconocimiento de norma técnica (LIBRO 4 – ARTÍCULO 4.2.8).
Alternativa 4: Si se obtuvo un concepto de equivalencia antes del 2 de abril de 2024, entonces es válido hasta el 2 de julio de 2025 (RESUELVE – ARTÍCULO 3).
8. ¿Siendo fabricante o importador de productos eléctricos, debo hacer una actualización en mi sistema de seguridad y salud en el trabajo para integrar los requisitos incluidos en el nuevo libro 1 del RETIE?
De acuerdo con el párrafo introductorio del Título 4 “toda empresa, unión temporal, consorcio o persona natural que desarrolle actividades relacionadas con la construcción, operación y mantenimiento de instalaciones de energía eléctrica, debe dar cumplimiento a los requisitos de seguridad y salud en el trabajo”. Entonces, en principio no estaría obligado a actualizar su sistema, pero es altamente recomendable considerar todos los elementos de Salud y Seguridad en el Trabajo aplicables a su labor.
9. ¿La evaluación de los riesgos de origen eléctrico la puedo hacer con un profesional de cualquier ramo, o qué perfil debe tener la persona que haga este análisis de riesgos de origen eléctrico?
La evaluación de riesgos debe ser realizada por personas certificadas como profesionales SST, preferiblemente con experiencia en industria eléctrica. Ver Resolución 5018:2019
10. ¿El RETIE incluirá nuevos productos?
R/Sí
11. ¿Por cuánto tiempo será el período de transición?
Se puede emitir Declaración de Conformidad del Fabricante hasta 6 meses después de que se acredite el segundo organismo certificador (RESUELVE – ARTÍCULO 3 y LIBRO 4 – ARTÍCULO 4.2.1 e)).
12. ¿Los cables de sensores serían o no objeto de cumplimiento RETIE?
Es necesario revisar la ficha técnica del producto y el uso para estar seguros. Sin embargo: Artículo 2.3.10 define que los conductores y cables objeto del RETIE son los utilizados en redes de energía Artículo 2.3.10. – Parágrafo 2: Los conductores y cables que forman parte integral de aparatos y dispositivos que se utilizan para conexión de electrodomésticos, equipos de cómputo y similares no están cubiertos dentro del campo de aplicación del RETIE, como tampoco cables de comunicaciones o datos que utilicen tales equipos.
13. ¿El conector M12 sería o no objeto de cumplimiento RETIE?
En principio no, pero amerita consultar al Ministerio El conector M12 es usado en aplicaciones de automatización, sensórica, CCTV y comunicaciones Los conectores objeto del RETIE incluyen terminales, empalmes y bornes utilizados como elementos de unión, conexión o fijación de conductores en líneas, redes aéreas y subterráneas e instalaciones de uso final.
14. ¿Cómo serán los nuevos períodos de seguimiento para los certificados de producto?
Para Esquema 4: Artículo 4.2.7.2 – Parágrafo 1 El certificado que sea expedido como resultado de la evaluación con este esquema tendrá una vigencia de dos (2) años, con un seguimiento que se debe realizar en un periodo de máximo doce (12) meses contados a partir de la expedición del certificado.
15. ¿Cómo serán los nuevos períodos de seguimiento para los certificados de producto?
Para Esquema 5: Artículo 4.2.7.3 – Parágrafo 1 El certificado que sea expedido como resultado de la evaluación con este esquema tendrá una vigencia de cinco (5) años, con un primer seguimiento que se debe realizar máximo al mes doce (12) y un segundo seguimiento que se debe realizar máximo al mes treinta y dos (32), contados a partir de la fecha de otorgamiento del certificado o la fecha renovación.
16. ¿En cuáles casos aplica la alternativa a la certificación de organismos como CIDET, que los productores puedan auto certificar sus productos, al expedir “Declaración de conformidad del Proveedor?
Para los productos incluidos por primera vez en el alcance de RETIE 2024, el cumplimiento del Reglamento podrá demostrarse mediante una Declaración de Conformidad del Proveedor, según los requisitos establecidos en el literal e del artículo 4.2.1. del Libro 4. Esta declaración será válida hasta seis meses después de que se acredite el segundo organismo evaluador de la conformidad.
La Declaración de Conformidad del Proveedor emitida por el productor para Colombia deberá cumplir con el Reglamento y seguir los lineamientos generales de la norma ISO/IEC 17050, partes 1 y 2.
17. ¿Qué opinan del riesgo que genera permitir que organismos del exterior puedan certificar producto bajo RETIE?
Se considera que esta medida presenta un riesgo para los organismos de evaluación nacionales y para los fabricantes locales, ya que facilita la entrada de productos extranjeros al país. No obstante, también se ve como una acción necesaria para mejorar la competitividad de la industria local y permitir el acceso del país a nuevas tecnologías globales sin tantas complicaciones.
18. ¿Cuáles son las entidades públicas habilitadas por el Ministerio de Trabajo, para certificar personas?
En Colombia, según el Decreto 947 de 2022, las Entidades Públicas Certificadoras de Competencias son aquellas entidades de naturaleza pública habilitadas por el Ministerio del Trabajo para evaluar y certificar competencias dentro del Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC).
Actualmente, el Decreto 947 de 2022 no establece un listado de entidades públicas oficiales.
Por el momento, la Resolución 40117 RETIE 2024 ha determinado en el Artículo 4.4.2. sobre el esquema de certificación de inspectores, las disposiciones para la certificación de competencias y la transitoriedad a los organismos de certificación de competencias bajo la norma ISO/IEC 17024.
19. ¿Una empresa importadora/comercializadora de cables eléctricos solo puede vender a zonas francas? ¿Cómo puede vender cables eléctricos de baja y media tensión a empresas del interior del país?
Cualquier empresa registrada legalmente en Colombia como comercializadora y que esté registrada en el VUCE como importadora puede vender cables en el país, siempre y cuando el producto cuente con un certificado de conformidad.
20. No se ha revisado la nueva versión del RETIE 2024 en relación con los requisitos técnicos para sistemas fotovoltaicos. ¿Qué tan críticos son los cambios en lo que respecta a los cables o conductores para estos sistemas?
El nuevo RETIE 2024 simplifica el proceso, ya que solo se requieren algunos ensayos según la norma de fabricación. En cambio, el RETIE 2013 exigía realizar todos los ensayos especificados por la norma.
21. Debido a las nuevas tecnologías y la obsolescencia de algunas, ¿se aceptan materiales/productos aprobados con estándares internacionales como UL, IEC, IEEE, NEC, como sustitutos del RETIE, o deben someterse a pruebas adicionales bajo el RETIE?
Se aceptan bajo ciertas condiciones que se describen en el artículo 4.2.1. Sin embargo, siempre se debe demostrar conformidad bajo el RETIE. Uno de los mecanismos establece que si un producto ya está certificado en el exterior bajo normas como UL, IEC, IEEE, etc., y ese certificado fue expedido por un certificador acreditado, se requerirá que otro organismo acreditado por ONAC asuma como propio dicho certificado y emita a título propio un certificado RETIE.
En conclusión, el hecho de tener un certificado bajo una norma técnica internacional no sustituye el certificado RETIE; se deben cumplir ciertas condiciones para que dicho certificado sea válido.
22. Con base en el numeral 4.3.8.1 ¿Los diseños son objeto de certificación?
Los diseños no son el objeto de la certificación; lo son las instalaciones. Sin embargo, los diseños deben cumplir con los requisitos del numeral 4.3.8.1 para poder realizar la declaración de conformidad.
El numeral 4.3.8.1 establece que el diseñador debe emitir una declaración de cumplimiento del diseño (certificación de primera parte) utilizando el formato oficial proporcionado por el RETIE 2024. No se emite un dictamen para el diseño en sí.
23. ¿Ha implementado el Ministerio de Minas y Energía, conforme al artículo 4?3.4, literal a, la exigencia de realizar inspecciones eléctricas periódicas cada diez años en las viviendas, similar al servicio de inspección para la red de gas?
a. Los dictámenes de inspección tienen una validez de cinco años para instalaciones especiales, diez años para instalaciones básicas y redes de distribución, y quince años para plantas de generación, líneas y subestaciones de transmisión.
b. Para cumplir con el artículo 4º de la Ley 143 de 1994 sobre la seguridad de la instalación, los responsables del servicio de electricidad deben garantizar la operación y mantener los niveles de seguridad establecidos en el reglamento. Además, deben solicitar al usuario la verificación de las condiciones de seguridad mediante la revisión de la instalación y la renovación de la certificación del RETIE, incluyendo los dictámenes de inspección cuando se requiera certificación plena.
c. El artículo 4.3.4 del RETIE 2024 establece que las instalaciones eléctricas sujetas a este reglamento y que requieran certificación plena deben ser revisadas periódicamente y revalidadas mediante un dictamen de inspección emitido por organismos de inspección acreditados. Los plazos de revisión son: cinco años para instalaciones especiales, equipos especiales, minas, túneles y cavernas; diez años para instalaciones de uso final y sus instalaciones asociadas a redes de distribución, transformación y generación; y quince años para instalaciones de generación, líneas de transmisión, subestaciones y redes de distribución.
24. ¿Qué entidad me certifica ante el RETIE?
Puedes certificarte con nuestro aliado IDONEA: https://idonea.co/
25. El reglamento nos impide avanzar como importadores de equipos de energías alternativas. La falta de entidades certificadoras en el país nos está causando pérdidas significativas. Trabajo con Victron Energy, una marca certificada en varios países, pero aquí en Colombia estamos estancados a pesar de la creciente demanda.
El RETIE incluye mecanismos de transición, como la declaración del proveedor. CIDET está plenamente capacitado para certificar productos dentro del alcance y objeto del RETIE.
26. ¿También hubo cambios en los herrajes eléctricos, como abrazaderas y otros, en relación con el RETIE?
Se incluyeron en la descripción de herrajes los siguientes elementos: perchas, guardacabos, tuercas de ojo, lámparas de señalización, desviadores de vuelo, herrajes o accesorios para descargadores de sobretensión, herrajes para la fijación de reservas de cable OPGW, amarres preformados, fijación de cajas de empalme, y cualquier otro componente utilizado para la fijación y soporte de elementos que forman parte de las líneas de transmisión, redes de distribución y transformadores.
Además, se incorporó la norma NTC 3735 y otras normativas para garantizar la protección contra la corrosión en los herrajes. Por ejemplo, el galvanizado en caliente de herrajes y tornillería debe cumplir la norma ASTM A153, mientras que el galvanizado en caliente de ángulos debe seguir la norma ASTM A123. Los recubrimientos organometálicos deben cumplir con la norma ASTM F1136, y los herrajes fabricados con recubrimientos de acero/zinc deben ser resistentes a la corrosión según la norma ASTM F1136/F1136M-11.
Se retiraron las normas IEC (60652, 60826, 60068-2-11) y ASCE (10-97, 48, 52 o 104) en la nueva versión del RETIE. Ahora, el reglamento no exige que los herrajes demuestren protección contra la corrosión mediante la prueba de cámara salina, que anteriormente requería un mínimo de 480 horas para ambientes de baja polución y 720 horas para ambientes de mayor agresividad.
En el literal d, se añadió la obligación de describir las características del recubrimiento anticorrosivo aplicado o el tipo de acero inoxidable utilizado, eliminando la necesidad de especificar las características ambientales donde se pueden instalar los herrajes.
Finalmente, el parágrafo 1 ahora incluye la descripción de que el espesor de la capa de galvanizado no debe ser menor a 79 micras para zonas de baja agresividad corrosiva, de acuerdo con la norma ISO 9223, y debe ser adecuado para zonas de alta agresividad corrosiva.
27. En relación con los herrajes eléctricos, como abrazaderas y otros, ¿se han realizado cambios en las normativas recientes del RETIE para estos u otros componentes? Si es así, ¿cuáles son los principales ajustes que debemos tener en cuenta?
Incluyeron en el literal “e” del nuevo RETIE la Marcación: los herrajes deben estar marcados de manera clara e indeleble como mínimo con la siguiente información:
1. Identificación o referencia
2. Carga de falla mínima
3. Identificación del fabricante.
4. Fecha de fabricación (mes y año).
Se incluyeron ensayos mínimos requeridos en el literal 2.3.22.2 desde el literal “a” hasta el literal “n”
Tener presente que esos literales aplican para algunos productos y para otros no. Tener muy presente las normas del producto y de ensayos.
Entre los ensayos incluidos están:
a. Dimensional
b. Mecánicos conforme a la NTC 3735 que le apliquen
c. Ciclos térmicos.
d. Efecto corona. Cuando apliquen
e. Corrosión con incorporación de normas según el producto y tipo de recubrimiento.
f. Espesor del galvanizado incluyendo normas ASTM.
g. Adherencia del galvanizado.
h. Fragilidad
i. Espesor de pintura.
j. Adherencia de pintura.
k. inspección visual con método de ensayo con normas ASTM.
L. Ensayo perdidas Magnéticas IEC 61284 o norma de fabricación.
M. Imborrabilidad IEC 60950-1 o fabricación.
N. Permanencia con UL 969.
28. ¿Quién se encarga de supervisar la idoneidad de los Operadores de Red que, a pesar de su limitada experiencia, ahora participan en la construcción y operatividad de las redes?
La superintendencia de servicios públicos domiciliaros y en algunos casos la superintendencia de industria y comercio.
29. Recientemente, los Operadores de la Red han comenzado a involucrarse en la construcción y la operatividad de trabajos. ¿Quién supervisa sus competencias, considerando que su idoneidad y conocimiento son limitados?
La superintendencia de servicios públicos domiciliarios.
30. ¿Cómo puede certificarse el personal de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) que realiza supervisión en el área eléctrica?
Puedes certificarte con nuestro aliado IDONEA: https://idonea.co/